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Unidad de Relaciones Internacionales

POAR

Programa Operativo Anual - MTEPS


 
PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL
 

La construcción y organización del nuevo Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, Democrático, Intercultural, Descentralizado y con Autonomías que profundice y consolide una Bolivia Digna, Democrática, Productiva y Soberana, requiere que el Órgano Ejecutivo diseñe su nueva estructura y funcionamiento para lo cual debe realizar ajustes y complementaciones que tienen como base la experiencia y los requerimientos sociales establecidos en los objetivos y planes del Estado Plurinacional; en éste contexto se ha promulgado el Decreto Supremo Nº 29894, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de 7 de febrero de 2009, que en su artículo 86 establece las atribuciones de la Ministra (o) de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Estas atribuciones se detallan a continuación:

  • Proteger y garantizar el trabajo digno en todas sus formas (comunitario, estatal, privado y social cooperativo) considerando la equidad laboral, de ingresos y medioambiental, así como la igualdad de oportunidades.
  • Diseñar, proponer, dirigir y coordinar la implementación de políticas laborales, de empleo y previsión social en el marco de la economía plural, destinadas a fortalecer el proceso construcción estatal autonómico.
  • Dirigir la gestión Administrativa Pública en el sector social y laboral.
  • Resolver en última instancia todo asunto administrativo que corresponda al Ministerio.
  • Resolver los recursos administrativos formulados por las servidoras y los servidores públicos relacionados con el régimen laboral, disciplinario, la carrera administrativa y de registro.
  • Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional los Informes que les soliciten.
  • Garantizar la inserción y estabilidad laboral de toda la población, considerando la equidad de género, así como de las personas con discapacidad, prohibiendo el despido injustificado.
  • Promover, garantizar y desarrollar una normativa administrativa para el acceso al trabajo e inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y del progenitor, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.
  • Proteger las relaciones laborales emergentes de la actividad económica de las pequeñas unidades productivas urbanas y rurales, por cuenta propia y gremialistas.
  • Erradicar el trabajo forzoso o cualquier otra forma análoga de explotación y servidumbre.
  • Prevenir y resolver los conflictos individuales y colectivos emergentes de las relaciones laborales.
  • Coordinar con los otros Ministerios la Planificación y ejecución de las políticas de gobierno, priorizando las políticas salariales y de productividad.
  • Participar en las reuniones del Consejo de Ministras y Ministros del Estado Plurinacional y en otros consejos o instancias de coordinación.
  • Remitir el proyecto de presupuesto del Ministerio, rendir cuentas de la ejecución del presupuesto y concurrir en la elaboración del Presupuesto General de La Nación.
  • Firmar Decretos Supremos y refrendar Resoluciones Supremas.
  • Designar y remover al personal, de conformidad con las disposiciones vigentes.
  • Elevar a la Presidencia la memoria y cuenta anual del Ministerio.
  • Generar las políticas, programas y normativa administrativa para la erradicación gradual de las peores formas del trabajo de las niñas, niños y adolescentes.
  • Garantizar el derecho de los trabajadores a la libre sindicalización y organización para la defensa de sus intereses, representación, la preservación de su patrimonio tangible e intangible.
  • Impulsar, reconocer y garantizar el derecho a la negociación colectiva, en el marco del diálogo social y tripartismo en materia de trabajo.
  • Promover e implementar, en coordinación con los movimientos sociales actividades de evaluación y control de la gestión pública, garantizando la transparencia en la información.
  • Proporcionar información sobre el uso de los recursos a quien lo solicite, de forma completa, veraz, adecuada y oportuna.
  • Crear e implementar espacios para la participación social y el control social de la gestión pública.
  • Promover y garantizar la libre asociación de empresarios y agentes productivos en el marco de la economía plural.
  • Promover políticas y proyectos de empleo, especialmente de jóvenes, con la finalidad de generar y mantener condiciones que garanticen a las trabajadoras y trabajadores una ocupación laboral con dignidad.
  • Formular y ejecutar políticas activas y pasivas de empleo a fin mejorar las condiciones de vida de la población.
  • Promover y fomentar el desarrollo social, económico y productivo del sector cooperativo.
  • Fiscalizar, supervisar y apoyar una gestión cooperativa transparente; disponer acciones de intervención en caso de incumplimiento de la ley y de sus normas estatutarias.
  • Generar políticas y proyectos de previsión social en la perspectiva de la construcción de un seguro social universal, solidario y equitativo, dictando normas administrativas, para la población boliviana.
  • Formular políticas relacionadas con el servicio civil, régimen laboral, carrera administrativa, registro, ética y capacitación emergentes del vínculo laboral entre el Estado y las servidoras y servidores públicos.
  • Promover y vigilar el cumplimiento de la legislación nacional y los convenios internacionales en materia de su competencia.
 
Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
 
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COMUNICADOS
DESCARGAR COMUNICADO 003/12 (107 Kb.)
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Comunicado DGTHSO 003/12
 
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional; en vista a la proximidad de las fiestas de Carnaval, recuerda a la población en general que conforme lo establece la normativa laboral los días lunes 20 y martes 21 de febrero de la presente gestión, se constituyen feriados nacionales con suspensión de actividades laborales públicas y privadas. Para el día viernes 17 de febrero...
 
Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional
 
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Comunicado DGTHSO 002/12
 
Se dispone tolerancia para la administración pública a partir de horas 11:30 por el lapso de una hora para el día 24 de enero de 2012, en consideración a la tradición del festejo de Alasita en los Departamentos de La Paz, Oruro y Pando.
 
Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional
 
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Comunicado DGTHSO 001/12
 
Feriado Nacional de 22 de enero de 2012 con suspensión de actividades Públicas y Privadas en conmemoración al día de la Fundación del Estado Plurinacional de Bolivia, por caer en día domingo, será compensado el día 23 de enero de 2012.
 
Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional
 
 
 
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