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Unidad de Relaciones Internacionales

Programa Operativo Anual - MTEPS
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| PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL |
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La construcción y organización del nuevo Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, Democrático, Intercultural, Descentralizado y con Autonomías que profundice y consolide una Bolivia Digna, Democrática, Productiva y Soberana, requiere que el Órgano Ejecutivo diseñe su nueva estructura y funcionamiento para lo cual debe realizar ajustes y complementaciones que tienen como base la experiencia y los requerimientos sociales establecidos en los objetivos y planes del Estado Plurinacional; en éste contexto se ha promulgado el Decreto Supremo Nº 29894, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de 7 de febrero de 2009, que en su artículo 86 establece las atribuciones de la Ministra (o) de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
Estas atribuciones se detallan a continuación:
- Proteger y garantizar el trabajo digno en todas sus formas (comunitario, estatal, privado y social cooperativo) considerando la equidad laboral, de ingresos y medioambiental, así como la igualdad de oportunidades.
- Diseñar, proponer, dirigir y coordinar la implementación de políticas laborales, de empleo y previsión social en el marco de la economía plural, destinadas a fortalecer el proceso construcción estatal autonómico.
- Dirigir la gestión Administrativa Pública en el sector social y laboral.
- Resolver en última instancia todo asunto administrativo que corresponda al Ministerio.
- Resolver los recursos administrativos formulados por las servidoras y los servidores públicos relacionados con el régimen laboral, disciplinario, la carrera administrativa y de registro.
- Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional los Informes que les soliciten.
- Garantizar la inserción y estabilidad laboral de toda la población, considerando la equidad de género, así como de las personas con discapacidad, prohibiendo el despido injustificado.
- Promover, garantizar y desarrollar una normativa administrativa para el acceso al trabajo e inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y del progenitor, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.
- Proteger las relaciones laborales emergentes de la actividad económica de las pequeñas unidades productivas urbanas y rurales, por cuenta propia y gremialistas.
- Erradicar el trabajo forzoso o cualquier otra forma análoga de explotación y servidumbre.
- Prevenir y resolver los conflictos individuales y colectivos emergentes de las relaciones laborales.
- Coordinar con los otros Ministerios la Planificación y ejecución de las políticas de gobierno, priorizando las políticas salariales y de productividad.
- Participar en las reuniones del Consejo de Ministras y Ministros del Estado Plurinacional y en otros consejos o instancias de coordinación.
- Remitir el proyecto de presupuesto del Ministerio, rendir cuentas de la ejecución del presupuesto y concurrir en la elaboración del Presupuesto General de La Nación.
- Firmar Decretos Supremos y refrendar Resoluciones Supremas.
- Designar y remover al personal, de conformidad con las disposiciones vigentes.
- Elevar a la Presidencia la memoria y cuenta anual del Ministerio.
- Generar las políticas, programas y normativa administrativa para la erradicación gradual de las peores formas del trabajo de las niñas, niños y adolescentes.
- Garantizar el derecho de los trabajadores a la libre sindicalización y organización para la defensa de sus intereses, representación, la preservación de su patrimonio tangible e intangible.
- Impulsar, reconocer y garantizar el derecho a la negociación colectiva, en el marco del diálogo social y tripartismo en materia de trabajo.
- Promover e implementar, en coordinación con los movimientos sociales actividades de evaluación y control de la gestión pública, garantizando la transparencia en la información.
- Proporcionar información sobre el uso de los recursos a quien lo solicite, de forma completa, veraz, adecuada y oportuna.
- Crear e implementar espacios para la participación social y el control social de la gestión pública.
- Promover y garantizar la libre asociación de empresarios y agentes productivos en el marco de la economía plural.
- Promover políticas y proyectos de empleo, especialmente de jóvenes, con la finalidad de generar y mantener condiciones que garanticen a las trabajadoras y trabajadores una ocupación laboral con dignidad.
- Formular y ejecutar políticas activas y pasivas de empleo a fin mejorar las condiciones de vida de la población.
- Promover y fomentar el desarrollo social, económico y productivo del sector cooperativo.
- Fiscalizar, supervisar y apoyar una gestión cooperativa transparente; disponer acciones de intervención en caso de incumplimiento de la ley y de sus normas estatutarias.
- Generar políticas y proyectos de previsión social en la perspectiva de la construcción de un seguro social universal, solidario y equitativo, dictando normas administrativas, para la población boliviana.
- Formular políticas relacionadas con el servicio civil, régimen laboral, carrera administrativa, registro, ética y capacitación emergentes del vínculo laboral entre el Estado y las servidoras y servidores públicos.
- Promover y vigilar el cumplimiento de la legislación nacional y los convenios internacionales en materia de su competencia.
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| Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social |
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| COMUNICADOS |
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| DESCARGAR COMUNICADO 003/12 |
(107 Kb.) |
 | | Comunicado DGTHSO 003/12 | | | | El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional; en vista a la proximidad de las fiestas de Carnaval, recuerda a la población en general que conforme lo establece la normativa laboral los días lunes 20 y martes 21 de febrero de la presente gestión, se constituyen feriados nacionales con suspensión de actividades laborales públicas y privadas.
Para el día viernes 17 de febrero... | | | | Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional | | |
 | | Comunicado DGTHSO 002/12 | | | | Se dispone tolerancia para la administración pública a partir de horas 11:30 por el lapso de una hora para el día 24 de enero de 2012, en consideración a la tradición del festejo de Alasita en los Departamentos de La Paz, Oruro y Pando. | | | | Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional | | |
 | | Comunicado DGTHSO 001/12 | | | | Feriado Nacional de 22 de enero de 2012 con suspensión de actividades Públicas y Privadas en conmemoración al día de la Fundación del Estado Plurinacional de Bolivia, por caer en día domingo, será compensado el día 23 de enero de 2012. | | | | Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional | | |
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