Ministerio de Trabajo, 16 de octubre de 2025.- Un trabajador se presentó ante la jefatura de Trabajo de Potosí para denunciar a su empleador por la omisión en el pago de sus derechos laborales.
Se emitió la citación correspondiente para iniciar la audiencia de conciliación. En el encuentro, al que asistió el empleador, el inspector laboral le recordó que, de acuerdo con la Ley General del Trabajo, los beneficios sociales son el conjunto de ingresos consolidados que se adquieren a partir del tercer mes cumplido.
Tras recibir la información, el denunciado, propietario del taller de muebles, decidió realizar el pago de Bs 7.800 (siete mil ochocientos 00/100 bolivianos) por concepto de beneficios sociales a su extrabajador. Con esta cancelación y el asesoramiento del ministerio, se restituyeron los derechos del trabajador.