TRÁMITES EN LAS JEFATURAS DEPARTAMENTALES Y REGIONALES
Los trámites atendidos por las 9 Jefaturas Departamentales y las 16 Jefaturas Regionales son detallados a continuación:
REGISTRO DE CONTRATOS DE TRABAJO NACIONALES
- La solicitud deberá efectuarse en las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente, de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.
- Tres (3) ejemplares originales del contrato de trabajo individualizado, firmado por las partes, conteniendo los requisitos del artículo 7 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.
- Fotocopia del carnet de identidad del empleador o del representante legal.
- Fotocopia del carnet de identidad del trabajador.
- Fotocopia legalizada del Testimonio Poder del representante legal, (si corresponde)
- Declaración Jurada de la actualización o inscripción del Registro Obligatorio de Empleadores
- Depósito Bancario Original de 19 Bs., por cada registro de contrato individual, el cual debe ser efectuado a la cuenta número 1 – 6036425 del Banco Unión.
- La documentación, debe ser presentada en orden y en folder de color verde y debidamente foliado, por cada contrato de trabajo.
- Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.
- La prohibición del registro de contratos nacionales de trabajo que se encuentren fuera de la jurisdicción y competencia de las Jefaturas de Trabajo, se prohíbe el registro de contratos nacionales de trabajo para fines judiciales. (Contrato a Futuro)
REGISTRO Y VISADO DE CONTRATOS EXTRANJEROS
- Plazo de treinta (30) días calendario, computables a partir de la firma del contrato.
- El trámite deberá ser presentado en ventanilla única de la oficina central del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, o en Secretaria de las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente, de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.
- Tres (3) ejemplares del contrato original de trabajo extranjero individualizado, debidamente firmado por el empleador y el trabajador.
- Declaración jurada de la actualización o inscripción del Registro Obligatorio de Empleadores ROE.
- Fotocopia del carnet de identidad del empleador y/o representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder del representante legal, (si corresponde).
- Fotocopia del carnet de identidad de extranjero y/o pasaporte del trabajador.
- Fotocopia Simple del NIT del empleador.
- Visa o Autorización de Ingreso de la persona extranjera emitida por la Dirección General de Migración que demuestre la calidad migratoria.
- Declaración jurada y planilla mensual de sueldos y salarios del mes anterior a la presentación de la solicitud a efecto de verificar el porcentaje establecido por ley.
- Depósito Bancario Original por cada refrendado de contrato individual, de acuerdo a la nacionalidad del extranjero y de acuerdo a la escala dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 854/14 a la cuenta del banco Unión N° 16036425.
- La documentación, debe ser presentada en orden y en folder de color azul y debidamente foliado.
- Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental y/o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste sus servicios el trabajador.
- Se prohíbe el registro y visado de los contratos extranjeros de trabajo que se encuentren fuera de la jurisdicción y competencia de las Jefaturas de Trabajo, asimismo se tiene la prohibición el registro y visado de contratos extranjeros de trabajo para fines judiciales. Contrato a Futuro
REFRENDADO DE FINIQUITOS
I. REQUISITOS GENERALES:
- Formulario Único de Finiquito en tres (3) ejemplares originales debidamente llenados;
- Boleta de depósito bancario en original realizado por el empleador a la cuenta bancaria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social Nº 1-6036425, nombre de la cuenta MTEPS – INGRESOS del Banco Unión S.A., por el servicio de refrendado de Formulario Único de Finiquito que debe ser entregado uno por cada trabajador;
- Fotocopia simple de Cédula de Identidad de la trabajadora o el trabajador beneficiario, misma que deberá estar firmada;
- Fotocopia simple de Cédula de Identidad de la persona que en representación de la empresa, realizará el trámite;
- Fotocopia simple de las tres (3) últimas boletas de pago de salarios de la trabajadora o el trabajador (excluyente para el refrendado de formulario único de finiquito de trabajadoras y trabajadores asalariados del hogar);
- Extracto de aportes de AFP’s de la trabajadora o el trabajador emitida por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP’s) o la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, el mismo que debe acreditar el pago de las Contribuciones por el Asegurado al Sistema Integral de Pensiones y al Seguro Social Obligatorio de largo plazo. (Artículo. 103 del Ley Nº 065 de 10 de noviembre de 2010) (excluyente para el refrendado de Formulario Único de Finiquito de trabajadoras y trabajadores asalariados del hogar, pago de quinquenios y anticipos de indemnizaciones);
- Documentación que respalde el pago de la totalidad de los derechos laborales que corresponde a la trabajadora o el trabajador por el tiempo de servicios (comprobante contable de egreso, recibo de pago, cheque, comprobante de transferencia bancaria, otro), a nombre de la trabajadora o el trabajador, sea en original y copia;
- Fotocopia simple del Formulario Único de Finiquito pagado con anterioridad debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (quinquenios y/o anticipos), si corresponde.
II. REQUISITOS ESPECÍFICOS: Adicionalmente a los requisitos generales señalados, el empleador deberá presentar los siguientes requisitos conforme a cada caso:
a) DESPIDO, RENUNCIA Y ABANDONO DE TRABAJO:
- Copia simple del Memorándum de Despido debidamente firmado por la trabajadora o el trabajador;
- Copia simple de la Carta de Renuncia Voluntaria debidamente recepcionada por la empresa o establecimiento laboral;
- En caso de abandono de trabajo por más de (6) días consecutivos, se debe adjuntar el reporte de asistencia y la fotocopia simple de la Resolución Administrativa que apruebe el mecanismo de control de asistencia, emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
b) QUINQUENIO Y ANTICIPO:
- Fotocopia simple de la solicitud escrita de pago de quinquenio presentada por la trabajadora o el trabajador y debidamente recepcionada por el empleador;
- Fotocopia simple de la solicitud escrita de pago de anticipo de beneficios sociales de la trabajadora o el trabajador, debidamente recepcionada por su empleador (Se aclara que los anticipos de indemnizaciones por tiempo de servicios, se reputarán como anticipo de liquidación final y no como consolidación del pago total de los beneficios sociales).
c) CONCLUSIÓN DE CONTRATO
- Fotocopia simple del Contrato de Trabajo debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, de conformidad al Artículo 22 de la Ley General de Trabajo, y el Artículo 14 de su Decreto Reglamentario.
d) FALLECIMIENTO
- Copia legalizada de la Declaratoria de Herederos o la correspondiente Escritura Pública de Aceptación de Herencia; si existiera pluralidad de los mismos, se deberá presentar Poder Notarial Especial a favor de la persona que efectuará el cobro por todos los Herederos;
- Fotocopia simple del Certificado de Defunción;
- Fotocopia simple de la Cédula de Identidad de los herederos.
LEGALIZACIÓN DE FINIQUITOS
- Nota dirigida a las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente.
- Finiquito refrendado por el Ministerio de Trabajo en fotocopia simple.
- Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante.
- Boleta de depósito bancario (Bs 12.-). A la cuenta del Banco Unión N° 16036425.
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
- Nota de solicitud dirigida a la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo correspondiente;
- Fotocopia simple del certificado de inscripción al Registro Obligatorio de Empleadores – ROE;
- Formulario de Registro Obligatorio de Empleadores actualizado, donde se identifique la dirección del domicilio de la casa matriz o sucursal donde se hará uso del libro de asistencia.
- Fotocopia simple del NIT;
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del empleador;
- Boleta original de depósito bancario, realizado por el empleador a la cuenta bancaria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social Nº 1 – 6036425 del Banco Unión. por el monto del servicio, de acuerdo a normativa vigente;
- Fotocopia simple de la Resolución Administrativa de autorización (en caso de renovación);
- Libro de asistencia a ser aperturado con el respectivo nombre de la empresa escrito o impreso en la tapa;
- Nota de solicitud dirigida a la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo correspondiente;
- Fotocopia simple del certificado de inscripción al Registro Obligatorio de Empleadores – ROE;
- Formulario de Registro Obligatorio de Empleadores actualizado, donde se identifique la dirección del domicilio de la casa matriz o sucursal donde está instalado el equipo.
- Fotocopia simple del NIT;
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del empleador;
- Boleta original de depósito bancario, realizado por el empleador a la cuenta bancaria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social Nº 1 – 6036425 del Banco Unión. por el monto del servicio, de acuerdo a normativa vigente;
- Datos técnicos del equipo y/o Sistema del Software;
- Respaldo fotográfico de la ubicación en el establecimiento laboral, marca, modelo y número de serie del equipo.
- Fotocopia simple de la Resolución Administrativa de autorización (en caso de renovación);
- SE REGULA EN CADA GESTIÓN A TRAVÉS DE NORMATIVA ESPECIAL
- SE REGULA EN CADA GESTIÓN A TRAVÉS DE NORMATIVA ESPECIAL.
REGISTRO DE CONVENIOS LABORALES
- Nota de solicitud ante las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente;
- 2 copias originales del convenio (acta, acuerdo) laboral;
- 1 copia simple del convenio laboral;
- Resolución Ministerial y/o Administrativa de Reconocimiento de directorio
- Fotocopia del C.I. del empleador o representante legal;
- Fotocopia del poder del representante legal (si corresponde);
- Fotocopia de las cedulas de identidad de los trabajadores cuando no se cuente con directiva sindical;
- Fotocopia del Registro Obligatorio de Empleadores – ROE;
- Boleta de depósito bancario (Bs 71.-), a la cuenta del Banco Unión N° 16036425;
- Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental y/o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste sus servicios el trabajador.
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
VISADO DE CERTIFICADOS DE TRABAJO
- Nota de solicitud ante las Jefaturas Departamentales y/o Regionales;
- 3 copias originales del certificado de trabajo;
- Fotocopia del Registro Obligatorio de Empleadores – ROE;
- Fotocopia de cédula de identidad de las partes;
- Boleta de depósito bancario (Bs. 18.-) a la cuenta del Banco Unión N° 16036425;
- Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental y/o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste sus servicios el trabajador.
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
CERTIFICACIÓN DE AÑOS DE SERVICIOS
- Nota de solicitud ante las Jefaturas Departamentales y/o Regionales correspondientes;
- 3 copias originales del certificado de trabajo;
- Fotocopia legalizada de afiliación y baja del Seguro Social de corto plazo (cajas de salud AVC 04 Y AVC 07);
- Fotocopia de cedula de identidad del trabajador;
- Boleta de depósito bancario (Bs. 41.-) a la cuenta del Banco Unión N° 16036425;
- Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental y/o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste sus servicios el trabajador,
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
PLANILLA MENSUAL Y CON MULTA (Art. 13 párrafo II de la RM 212/2018)
- Formulario de Declaración Jurada correspondiente al mes (original y copia debidamente llenada y firmada). Debe declarar también las personas con discapacidad.
- Planilla del mes debidamente llenada y firmada (en caso de no contar con las firmas en las planillas, adjuntar como respaldo las boletas de pago o abono a cuentas bancarias
- Depósito de Bs. 27 si el monto de la planilla es menor a Bs. 100.000 (cien mil 00/100 bolivianos) y Bs. 53 si es mayor a Bs. 100.000 a la cuenta del Banco Unión Nº 1-6036425.
- Toda planilla presentada de MANERA FÍSICA, deberá ser enviada al correo electrónico planillas@mintrabajo.gob.bo.
- Es obligatorio adjuntar la constancia impresa de dicho envío al correo electrónico. (Mediante la impresión del envío de la bandeja de correos enviados de su correo electrónico.
APROBACIÓN Y LEGALIZACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS DE TRABAJO
- Dicho trámite se encuentra suspendido de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial 737/2009 de fecha 29 de septiembre de 2009 y Resolución Ministerial 728/2015 de fecha 6 de octubre de 2015.
PRESENTACIÓN DE PLANILLAS DE PRIMAS DE UTILIDADES
- Formulario de declaración jurada correspondiente al pago de planillas de primas de la gestión (original y copia debidamente llenada y firmada);
- 2 planillas de primas de la gestión debidamente llenadas y firmadas (en caso de no contar con las firmas en las planillas;
- Adjuntar como respaldo las boletas de pago o abono a cuentas bancarias;
- Depósito de Bs 77 si el monto de la planilla es menor a Bs 100.000 y Bs 165 si es mayor a Bs 100.001 a la cuenta del Banco Unión N° 1-6036425;
- Toda planilla presentada de manera física deberá ser enviada al correo planillas@mintrabajo.gob.bo;
- Es obligatorio adjuntar la constancia impresa de dicho envió al correo electrónico (mediante captura de pantalla de los elementos enviados).
FONDOS EN CUSTODIA (El trámite se realiza en las Jefaturas Departamentales). En el marco de lo establecido en los Artículos 10 y 11 de la Resolución Ministerial N° 1209/2022.
REQUISITOS COMUNES PARA REALIZAR DEPÓSITOS EN LA CUENTA DE FONDOS EN CUSTODIA
- Contrato de Trabajo (Eventual o Indefinido) debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (no aplicable para contratos verbales);
- Certificación emitida por las AFPs o Gestora Publica, que acredite que el empleador se encuentra al día en el pago de contribuciones por el asegurado al Sistema Integral de Pensiones y al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo (Artículo 103 de la Ley N°065);
- Formulario Único de Finiquito, en cuatro (4) ejemplares;
- Fotocopia simple de la Cedula de Identidad del Trabajador;
- Fotocopia simple de la Cedula de Identidad del Empleador;
- Testimonio de Poder de Representación del Empleador, en caso de personas jurídicas;
- Fotocopias de las tres (3) ultimas boletas de pago o de los tres (3) últimos Formularios de Declaración Jurada de Planillas de Sueldos, Salarios o Accidentes de Trabajo.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA REALIZAR DEPÓSITOS EN LA CUENTA DE FONDOS EN CUSTODIA
I. Por fallecimiento de la Trabajadora o Trabajador:
- Certificado de Defunción emitido por el SERECI (original);
- Formulario de Accidente de Trabajo (documento que deberá ser presentado en caso de que el fallecimiento del trabajador hubiera ocurrido por un accidente de trabajo).
II. Por conclusión del Contrato de Trabajo:
- Contrato de Trabajo debidamente refrendado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (eventual, obra, servicio o temporada);
- Documentación que justifique la temporalidad de contrato (eventual, obra, servicio o temporada).
III. Por abandono injustificado por más de seis (6) días consecutivos:
- Resolución Administrativa de aprobación del Control de Asistencia;
- Extracto de Asistencia que evidencie el abandono injustificado;
- Copia de la nota remitida a la Jefatura Departamental o Regional de Trabajo, informando sobre la ausencia injustificada de la trabajadora o trabajador por más de seis días consecutivos.
IV. Por renuncia voluntaria del Trabajador, fotocopia de la renuncia presentada por el trabajador, debidamente recepcionada por la empresa o establecimiento laboral.
V. Por despido del Trabajador:
- Memorándum de Desvinculación;
- Documentación que acredite la causa del despido.
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
LEGALIZACIÓN DE 20 HOJAS PARA ADELANTE
- Nota de solicitud de copias legalizadas dirigida al Jefe Departamental o Regional de Trabajo;
- Fotocopia de cédula de identidad;
- Depósito por la cantidad de Hojas siendo el costo por hoja Bs. 2 a la cuenta del Banco Unión N° 16036425.
COSTO DEL SERVICIO
El empleador que haga uso del servicio, deberá depositar el costo establecido en la Resolución Ministerial N° 462/2022, de 28 de abril de 2022.
- Tres copias originales del contrato individual de trabajo (CIT), firmadas por las partes.
- Fotocopia de cédula de identidad de la empleadora o empleador.
- Fotocopia de cédula de identidad de la trabajadora o del trabajador
- En el caso de trabajadoras o trabajadores menores de 18 años y mayores de 14 años de edad, deberá adjuntar la autorización escrita de los padres o tutores, en conformidad al artículo 8 de la Ley General de Trabajo.
- EL TRÁMITE NO TIENE COSTO
NOTA PREVIA: Los formatos para memorándums, actas, informes se encuentran en el enlace electrónico (URL): https://www.mintrabajo.gob.bo > Seguridad Ocupacional > Comité Mixto > FORMATOS
La presentación debe ser en un folder o archivador de palanca color azul
- Nota de solicitud dirigida a la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo correspondiente;
- Acta de Elección de los Representantes de las trabajadoras y los trabajadores, debidamente registrada;
- Acta de Posesión del Comité Mixto de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, registrando a los representantes del Comité Mixto;
- Memorándums de Designación de todos los representantes del Comité Mixto, debidamente recepcionados por los mismos;
- Fotocopia simple y vigente de la Cédula de Identidad de todos los representantes del Comité Mixto;
- Fotocopia simple del Registro Obligatorio de Empleador (ROE).
La Solicitud para la Habilitación de la Capacitación Virtual del Coordinador de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar debe ser mediante Nota de solicitud dirigida a la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo correspondiente con la siguiente información del designado: Nombres, Apellidos, Número de Cédula de Identidad, Nombre de la Empresa o establecimiento laboral, Cargo, correo electrónico y teléfono celular.
- Nota de reporte dirigida al Jefe Departamental o Regional de trabajo correspondiente.
- Registro de Informe del Comité Mixto de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar correspondiente a los cuatro (4) meses del desarrollo de la gestión del Comité Mixto.
- Respaldo del Curso Virtual emitido en la Plataforma del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- Memorando de Designación y Acta de Elección de Representantes de las y los Trabajadores de los representantes remplazados (Si corresponde).
Cuando el empleador presente el Informe Final conjuntamente el último reporte Cuatrimestral, deberá realizar también la solicitud para una nueva posesión del Comité Mixto, según lo estipulado en el Artículo 19 del Reglamento.
EXÁMENES PREOCUPACIONALES
- Presentación en ventanilla de Examen Preocupacional realizado en seguro de salud a corto plazo.
- EL TRÁMITE NO TIENE COSTO.
- Se realiza vía digital solamente, mediante plataforma en la página del Ministerio de Trabajo.
- La elaboración del Protocolo de Bioseguridad se debe realizar mediante un Profesional registrado en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- Debe llenar el formulario Digital en la página del Ministerio https://www.mintrabajo.gob.bo/ > Seguridad Ocupacional > Protocolos de Bioseguridad, siguiendo las indicaciones del mismo
- EL TRÁMITE NO TIENE COSTO