Viceministerio de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas

Atribuciones del viceministerio de empleo, servicio civil y cooperativas

Las atribuciones del Viceministerio de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas, en el marco de las competencias asignadas al nivel central por la Constitución Política del Estado, son las siguientes:

  1. Diseñar, coordinar y ejecutar planes y programas intersectoriales de generación y promoción del empleo con las entidades territoriales descentralizadas y autónomas.
  2. Promover, fiscalizar y supervisar el desarrollo social, económico y productivo del sector cooperativo, apoyando una gestión transparente; disponer acciones de intervención en caso de incumplimiento de la ley y de sus normas estatutarias.
  3. Coordinar, elaborar y ejecutar con entidades públicas y privadas, planes y programas dirigidos a garantizar la igualdad en el acceso, condiciones y oportunidades laborales de los jóvenes.
  4. Coordinar con entidades públicas y privadas el diseño y ejecución de planes y programas de intermediación, capacitación técnica y certificación de competencias laborales.
  5. Coordinar la generación y administración de información sociolaboral y empleo con instituciones públicas y privadas especializadas en la materia.
  6. Diseñar y coordinar la elaboración de una política migratoria laboral en coordinación con la Dirección General de Migración e emigración dependiente del Ministerio de Gobierno.
  7. Diseñar instrumentos para la inserción y estabilidad laboral efectiva de las personas con discapacidad en el sector público y privado.
  8. Controlar y fiscalizar el régimen laboral y la carrera administrativa de las servidoras y los servidores públicos.
  9. Administrar el Registro Estatal de las servidoras y los servidores públicos, como único registro de datos personales, declaraciones juradas de bienes y rentas, declaración de incompatibilidades y calificación de años de servicio.
  10. Resolver los recursos administrativos formulados por las servidoras y los servidores públicos relacionados con el régimen laboral, disciplinario, la carrera administrativa y de registro.
  11. Promover el ejercicio, compatibilidad y aplicación de los Códigos de Ética Institucionales.
  12. Diseñar políticas, administrar y ejecutar dirigidas a la formación y capacitación de las servidoras y los servidores públicos.
  13. Emitir disposiciones normativas referentes a la relación jurídico laboral entre el Estado y las servidoras y los servidores públicos.