Resolución Ministerial No.- 579/21

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el articulo 15 de la Constitución Política del Estado dispone que toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física , psicológica y sexual; que todas personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad, siendo el Estado el encargado de adoptar las medidas necesarias para la prevención, eliminación y sanción de la violencia de género y generacional.

Resolución Ministerial 579/21