Resolución Ministerial N° 1036/19

Vistos y Considerandos:

Que, el parágrafo I del artículo 175 de la Constitución Política del Estado, señala que las Ministras y los Ministros de Estado son servidoras y servidores públicos, que entre otras atribuciones, proponen y dirigen las políticas gubernamentales en su sector, la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente y dictan normas administrativas en el ámbito de sus competencias. En tanto que el parágrafo II, del citado artículo establece que las Ministras y los Ministros de Estado, son responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas carteras.