Resolución Ministerial No.- 127/23

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Política del Estado, establece en los Numerales 3 y 4 del Parágrafo I del Articulo 175 que, las Ministras y Ministros de Estado, tienen entre sus atribuciones: La gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente y dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia; el Parágrafo II del mismo Artículo establece que las Ministras y los Ministros de Estado, son responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas Carteras.-

Que, el Artículo 232 de la Constitución Política del Estado indica que: “La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”.-

DESCARGAR RESOLUCIÓN MINISTERIAL