Ministerio de Trabajo, 8 de julio de 2025.- El Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional (o Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo) tiene como una de sus principales tareas garantizar el cumplimiento de la Ley General del Trabajo y la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo en beneficio de los trabajadores. Al estar integrado por representantes de los empleadores y de los trabajadores, el comité debe mantener reuniones de coordinación periódicas.
La conformación de estos comités es obligatoria en empresas con 21 o más trabajadores, y se establece un directorio con cargos y funciones específicas.
El Ministerio de Trabajo, a solicitud de los trabajadores o representantes de la empresa, realiza la posesión del comité tras verificar el acta del proceso de elección. Este fue el caso del Comité Mixto de la empresa Distribuidora de Electricidad ENDE Beni S.A.M. — Sistema Trinidad, que fue posesionado recientemente.