Resolución Ministerial No.- 1203/22

CONSIDERANDO:

Que, los Numerales 3 y 4 del Parágrafo I del Articulo 175 de la Constitución Política del Estado, disponen como atribuciones de las Ministras y los Ministros de Estado las de dirigir la Gestión de Administración Pública en el ramo correspondiente y dictar normas administrativas en el marco de su competencia.

Que, el Articulo 232 de la Constitución Política del Estado establece que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.

Resolución Ministerial 1203/22