Diputados aprueban en grande y en detalle proyecto de Ley de Restitución de Derechos Laborales

Ministerio de Trabajo, 7 de jul 2022.- La Cámara de Diputados aprobó este jueves en grande y en detalle, el proyecto de Ley de Procedimiento Especial para la Restitución de Derechos Laborales, presentado por la ministra de Trabajo, Verónica Navia.

Este proyecto devolverá a las y los trabajadores el derecho al trabajo, la estabilidad laboral en caso de despido injustificado, remuneración o salario y restitución del fuero sindical.

Navia agradeció a los trabajadores por el apoyo que brindaron al proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados y que será remitido al Senado Nacional para su tratamiento, de acuerdo con el procedimiento legislativo.

Esta Ley además establece un procedimiento especial, “expedito y rápido para la restitución de los derechos laborales y cubre a las trabajadoras y trabajadores que están sujetos a la Ley General del Trabajo”, sostuvo la autoridad en su exposición ante el pleno de la Cámara Baja de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

“No estuviéramos presentando esta Ley si se hubiese cumplido las reincorporaciones emitidas por el Ministerio de Trabajo, si no prefirieran como empleadores, ir a la cárcel con medidas cautelares antes de proceder a una reincorporación”, señaló la Ministra de Trabajo.

Explicó que esta ley restituye, además, el fuero sindical porque este derecho es vulnerado por el empleador. “Durante el periodo del gobierno de facto los perseguidos fueron los dirigentes sindicales, no se respetó el fuero sindical”, destacó.

En este contexto, y según el proyecto, el Ministerio de Trabajo, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo, emitirá resoluciones de reincorporación laboral, de cumplimiento de pago de remuneración o salario y de cumplimiento de fuero sindical.

Por despido injustificado se entiende la disposición unilateral y arbitraria del empleador y que no se adecúa a las causas legales establecidas en la Ley General del Trabajo. El documento, de 15 artículos, también señala que otro despido injustificado es aquel que tiene como argumento la inasistencia del trabajador a su fuente laboral sin que haya tenido la oportunidad para una justificación.

Para presentar la denuncia de despido injustificado, este proyecto establece un plazo de tres meses a partir de la comunicación verbal o notificación escrita sobre la vulneración de derechos de la trabajadora o el trabajador, vencido ese tiempo podrá acudir al juez laboral.

La denuncia deberá ser presentada ante la inspectora o inspector de trabajo de manera personal, mediante un apoderado legal, por intermedio de un representante de la organización sindical o por un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad; es decir, hermanos, abuelos, nietos o cuñados.